Nuevos efectos del Brexit en el transporte por carretera a partir de 2021
La Comisión Europea publica la normativa provisional hasta que sea oficial el acuerdo entre el Reino Unido y la UE.
La Comisión Europea ha publicado una serie de medidas de contingencia, entre ellas algunas sobre el transporte de mercancías y de pasajeros por carretera, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2021 si el acuerdo entre el Reino Unido y la Unión Europea no se hace efectivo. Este reglamento está pensado para aplicarse en tanto no entre en vigor el acuerdo entre las partes afectadas por el Brexit, y tiene una duración prevista de seis meses.
Cuando haya un acuerdo oficial entre el Reino Unido y la UE sobre la regulación del transporte por carretera, esta normativa dejará de aplicarse. Estas normas se aplican a los vehículos de motor para el transporte de mercancías y de pasajeros registrados en el Reino Unido y en las empresas que posean el equivalente británico de licencia comunitaria para transporte de mercancías por carretera.
En el caso del transporte de mercancías, se permite el acceso bilateral al mercado (el tráfico asociado de Estados miembros y terceros países) y derechos limitados, sólo el tráfico de Estados miembros de la UE podrá moverse entre territorios del Reino Unido, para servicios regulares y especiales. Se permite el transporte por cuenta propia de correo, vehículos averiados, equipos médicos para el socorro en caso de desastres y el transporte de vehículos de menos de 3,5 toneladas.
Para el transporte de pasajeros en autobús y autocar aplican las mismas medidas que con el de mercancías, pero se prevé también el establecimiento y la obtención de permisos en la zona fronteriza de la República de Irlanda. El límite de tiempo de aplicación de este tipo de autorizaciones será hasta el 30 de junio de 2021, una vez entre en vigor el acuerdo entre el Reino Unido y la Unión Europea. Los servicio por cuenta propia no requerirán de licencia.
En el territorio del Reino Unido se aplicarán las normas de UE sobre tiempo de trabajo, tiempo de conducción y descanso, tacógrafo, formación de conductores, pesos y dimensiones, limitadores de velocidad, cinturones de seguridad, desplazamiento de trabajadores y derechos de los pasajeros.
No se permitirá a los Estados miembros de UE celebrar acuerdos bilaterales con el Reino Unidos sobre las medidas establecidas por la Comisión Europea. Referente a las normas sociales y técnicas, se aplicarán las normas de la Unión Europea sobre tiempo de trabajo, tiempo de conducción y descanso, tacógrafo, formación de conductores, pesos y dimensiones, limitadores de velocidad, cinturones de seguridad, desplazamiento de trabajadores y derechos de los pasajeros.
Estas medidas entrarán en vigor el 1 de enero de 2021 después de haber sido revisadas por el Parlamento Europeo y los Estados miembros de la Unión Europea, y serán vigentes hasta el 30 de junio de 2021, cuando sea oficial el acuerdo entre el Reino Unido y la Unión Europea sobre los efectos del Brexit.